Gobernador de Sonora

Escudo Estatal

Alfonso Durazo Montaño
Desde el 13 de septiembre de 2021
Ámbito Sonora
Residencia Palacio de gobierno de Sonora
Duración 6 años, sin posibilidad de reelección
Designado por Voto popular y universal
Creación como Estado Libre y Soberano de Sonora 1857
Primer titular José de Aguilar y Escobosa

Según la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora, el ejercicio del Poder Ejecutivo de esta entidad mexicana, se deposita en un solo individuo, que se denomina Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sonora y que es electo para un periodo de 6 años no reelegibles por ningún motivo. El periodo gubernamental comienza el día 13 de septiembre del año de la elección y termina el 12 de septiembre después de haber transcurrido seis años.

El Estado de Sonora fue creado en 1824 (con la proclamación de la primera constitución mexicana) siendo uno de los estados originales de la federación, por lo cual a lo largo de su vida histórica ha pasado por todos los sistemas de gobierno vigentes en México, tanto el sistema federal como el sistema central, por lo que la denominación de la entidad ha variado entre estado y departamento; variando junto con ella, la denominación del titular del Poder Ejecutivo del Estado.

Anteriormente, la Real Orden expedida en Sevilla el 12 de marzo de 1732 autorizó el establecimiento del Gobierno de Sonora y Sinaloa a cargo de un gobernador y capitán general.[1]

Historia

Tras la Guerra de Independencia de México, la antigua provincia de Sonora y Sinaloa fue dividida en 1823 para formar los estados de Sonora y Sinaloa, estableciéndose la capital sonorense en Ures. Sin embargo, se reunificarían otra vez en 1824 y permanecerían así hasta 1830, a pesar del hecho de que Sonora fue declarado como estado en la constitución mexicana de 1824. Sonora se separó nuevamente en 1831, cuando escribió su primera constitución estatal, que puso la capital en Hermosillo, y Leonardo Escalante fue designado como gobernador del nuevo estado. En 1832, la capital se movió a Arizpe. La batalla entre conservadores, que querían un sistema de gobierno centralizado, y los liberales, que querían un sistema federalista, afectó al estado así como al resto del país durante el siglo XIX. En 1835, se instituyó un gobierno centralista basado en lo que se conoció como Bases Constitucionales. Fueron seguidas por las llamadas Siete Leyes Constitucionales, que permanecieron en efecto hasta 1837. Pues en diciembre de ese mismo año, el General José de Urrea proclamó en Arizpe el restablecimiento de la constitución de 1824 (que contenía un sistema federal, como el de Estados Unidos), apoyada inicialmente por el gobernador Manuel Gándara. Sin embargo, para el resto del país, Gándara y los gobernadores que le siguieron apoyarían un gobierno centralizado, lo que llevó a inestabilidad política en el estado.

Facultades y obligaciones

La constitución del Estado de Sonora define los deberes y poderes del gobernador:[2]

Proceso de elección

Requisitos para asumir el cargo

Según la Constitución, los requisitos para ser gobernador son;[3]

Sucesión

Falta temporal

Si el gobernador está ausente de forma temporal durante menos de 30 días, no necesita dar aviso ni perder su carácter de gobernador, si es mayor a los treinta días pero menor a los noventa, sus funciones pasarán al Secretario de Gobierno, y si es mayor de 90 días, deberá recabar el permiso del Congreso, el cual designará a un Gobernador Interino o Provisional, que lo supla durante el tiempo de ausencia.[4]

Falta absoluta

Si ocurre durante los dos primeros años del periodo constitucional, el Congreso nombrará por votos a un gobernador interino, y posteriormente, convocará a elecciones para designar a un nuevo gobernador. Si la falta ocurre durante los últimos cuatro años del sexenio, el Congreso designará por votación a un Gobernador sustituto para completar el periodo constitucional.[4]

Lista de sus titulares

Véase también

Referencias

  1. Almada, Francisco R. (2009). Gobierno del Estado de Sonora, Instituto Sonorense de Cultura, ed. Diccionario de Historia, Geografía y Biografía Sonorenses (Cuarta Edición edición). Hermosillo. p. 746. ISBN 968-5755-39-6. «Pág. 274 Gobernadores del Estado». 
  2. «Constitución Política del Estado de Sonora». www.diputados.gob.mx. Consultado el 5 de mayo de 2023. 
  3. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA. Consultado el 4 de mayo de 2023. 
  4. a b «Constitución Política del Estado de Sonora». www.diputados.gob.mx. Consultado el 5 de mayo de 2023.