Entidades federales de Venezuela

Según lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el poder legislativo se compone en tres niveles: nacional, estatal y municipal. En el nivel estatal (que corresponde a las entidades federales) el poder legislativo es ejercido por el Consejo Legislativo del Estado, equivalente a los parlamentos regionales de otras naciones con igual sistema federal.

Funciones de los Consejos Legislativos Estatales

Las funciones y atribuciones de los Consejos Legislativos se rigen por la Ley Orgánica de Consejos Legislativos de la República, sancionada el 13 de septiembre de 2001[1]​ En cambio, los procedimientos y formalidades del funcionamiento administrativo de las cámaras regionales se especifican en los Reglamento de Interior y de Debates que emanan de cada una de las cámaras regionales (Artículo 16 de la Ley Orgánica de Consejos Legislativos - LOCL)

Tienen siguientes las funciones conforme a la Constitución de la República, la de los Estados y las leyes:

Características y Composición de los Consejos Legislativos

Comisión Delegada

Durante el receso de los Consejos funcionará la Comisión Delegada integrada por el Presidente o Presidenta del respectivo Consejo Legislativo Estadal, quien la presidirá y un número no mayor de cuatro (4) de sus integrantes, quienes representarán en lo posible la composición política del Cuerpo en pleno.

Atribuciones de la Comisión Delegada. Son atribuciones de la Comisión Delegada:

Autoridades de las Cámaras

Todos los órganos legislativos de las entidades federales de Venezuela son unicamerales, y de su seno se eligen las autoridades que conforman la mesa directiva compuesta por un Presidente o Presidenta y un Vicepresidente o Vicepresidenta (Artículo 20, 21, 22 y 23 de la LOCL, las funciones y atribuciones de estos cargos se definen en la mencionada ley)

Composición y de la Cámara y Elección de los legisladores

Las cámaras regionales se componen de tantos legisladores según el nivel poblacional de la entidad, siendo éstas siempre no menores a 7 legisladores, ni mayores a 15. Los legisladores son elegidos bajo un sistema mixto de representación, por un lado se eligen un grupo de legisladores por lista bajo el método D'Hont a nivel estatal y por otro lado se eligen por voto directo candidatos nominales por circunscripción definida. Las condiciones de elegibilidad de los legisladores de los Consejos Legislativos son las mismas establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela para los diputados de la Asamblea Nacional. El período de cada legislatura es de cuatro (4) años. Los legisladores pueden reelegirse, sin límite, según se establece en la Primera Enmienda de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 2009[2]

Representación de las Comunidades Indígenas.

Algunos estados (específicamente Amazonas, Anzoátegui, Apure, Bolivar y Monagas) cuentan por mandato constitucional con una representación de las comunidades indígenas en la cámara, siendo el estado Amazonas, el único que incluye en su seno a dos representantes indígenas.

Composición de los Consejos Legislativos (VI Legislatura - Actual)

Entidad Federal Escudo Órgano Legislativo Estadal Legisladores Legislatura Composición VI Legislatura (2021-2025) - Actual [3]
OTRO IND
GPPSB UNIDAD FV AD OTROS INDIGENAS
Amazonas Consejo Legislativo del Estado Amazonas 7 VI 4 1 1 1
Anzoátegui Consejo Legislativo del Estado Anzoátegui 15 VI 10 2 2 1
Apure Consejo Legislativo del Estado Apure 7 VI 4 2 1
Aragua Consejo Legislativo del Estado Aragua 15 VI 12 2 1
Barinas Consejo Legislativo del Estado Barinas 11 VI 6 4 1
Bolívar Consejo Legislativo del Estado Bolívar 15 VI 10 2 1 1 1
Carabobo Consejo Legislativo del Estado Carabobo 15 VI 12 2 1
Cojedes Consejo Legislativo del Estado Cojedes 7 VI 2 5
Delta Amacuro Consejo Legislativo del Estado Delta Amacuro 7 VI 5 1 1
Falcón Consejo Legislativo del Estado Falcón 11 VI 8 2 1
Guárico Consejo Legislativo del Estado Guárico 9 VI 7 2
La Guaira Consejo Legislativo del Estado La Guaira 7 VI 5 2
Lara Consejo Legislativo del Estado Lara 15 VI 10 5
Mérida Consejo Legislativo del Estado Mérida 11 VI 6 4 1
Miranda Consejo Legislativo del Estado Miranda 15 VI 10 5
Monagas Consejo Legislativo del Estado Monagas 11 VI 7 3 1
Nueva Esparta Consejo Legislativo del Estado Nueva Esparta 7 VI 3 4
Portuguesa Consejo Legislativo del Estado Portuguesa 11 VI 8 2 1
Sucre Consejo Legislativo del Estado Sucre 11 VI 7 3 1
Táchira Consejo Legislativo del Estado Táchira 13 VI 8 1 4
Trujillo Consejo Legislativo del Estado Trujillo 9 VI 7 2
Yaracuy Consejo Legislativo del Estado Yaracuy 9 VI 7 1 1
Zulia Consejo Legislativo del Estado Zulia 15 VI 5 9 1

Estadísticas por Fuerza Política del Poder Legislativo Estatal (VI Legislatura - Actual)

Consejos/legisladores por partido/alianza

VI Legislatura (2021 - 2025)

Partido/alianza Legisladores Mayorías por Consejo
Gran Polo Patriótico Simón Bolívar (GPPSB)
161/253
20/23
Mesa de la Unidad Democrática (UNIDAD)
50/253
2/23
Alianza Democrática (AD)
21/253
0/23
Fuerza Vecinal (FV)
9/253
1/23
OTR Otros
4/253
0/23
IND Indígenas
8/253
0/23

(*) En Nueva Esparta, Fuerza Vecinal retiene la mayoría de la cámara regional a través de una alianza con las agrupaciones políticas denominadas "Alianza Democrática"

Véase también

Referencias