Una visita pastoral es la visita que realiza un obispo a las parroquias y comunidades de su diócesis. En ella, el obispo tiene encuentros con el clero, los religiosos y los laicos para exhortarlos a tener una vida de fe y práctica cristiana, y examina y valora las estructuras e instrumentos destinados al servicio pastoral.[1]

Cada año el obispo debe visitar total o parcialmente a su diócesis, de modo que al menos cada cinco años visite la diócesis entera personalmente.[2]

Están sujetos a visita pastoral

Las personas, instituciones católicas, cosas y lugares sagrados que se encuentran dentro del ámbito de la diócesis.[3]

Actividades

Visita pastoral del cardenal Montini en 1960

Según el Directorio para el Ministerio Pastoral de los Obispos,[4]​ el obispo que hace la visita pastoral debe tratar de realizar los siguientes actos, si las circunstancias se lo permiten:

Referencias

  1. Código de Derecho Canónico, Comentario al canon 396
  2. Código de Derecho Canónico, canon 396
  3. Código de Derecho Canónico,canon 397
  4. Congregación para los Obispos, Directorio para el Ministerio Pastoral de los Obispos, Vaticano 2004, pag. 245-248, citado en [1]